Situación actual

Mobbing: El arte de forzar la renuncia en el trabajo

“Los medios violentos nos darán una libertad violenta.”

Mahatma Gandhi

Hay una determinada problemática en nuestro país que se lleva estudiando los últimos años y que, a base de sentencias en los tribunales, se ha ido conformando con una serie de características y definiciones más o menos uniformes que han ayudado a identificarla. Este fenómeno es el mobbing o el llamado acoso laboral, y, según datos de la Asociación contra el Acoso Psicológico y Moral en el Trabajo en 2017, afecta a más del 15 % de trabajadores en España. Aunque según estudios recientes, esta tendencia ha ido aumentando con el tiempo.

Pero qué se entiende por mobbing o acoso laboral. “Este fenómeno se ha definido en el ámbito del trabajo como situaciones de hostigamiento a un trabajador frente al que se desarrollan actitudes de violencia psicológica de forma prolongada –Durante más de seis meses- y que conducen a su extrañamiento social en el marco laboral, le causan alteraciones psicosomáticas de ansiedad, y en ocasiones consiguen el abandono del trabajador del empleo al no poder soportar el estrés al que se encuentra sometido”. (STSJ Canarias-Santa Cruz de Tenerife, de 14 marzo 2005, AS 2005, 963)

Este arquetipo de acoso laboral, es del tipo penal y se recalca la relación asimétrica entre el acosador y la víctima.  Es decir, es cuando el acoso laboral se da por parte de un superior y su subordinado. 

Debido a la multitud de vertientes que existen de violencia en el trabajo, para calificar expresamente de acoso laboral basado en una relación asimétrica de poder, debe de darse necesariamente los siguientes elementos (Ayala del Pino, 2019):

Debe de existir una presión sobre el trabajador. Hay una serie de conductas tipificadas por el inventario de acoso laboral de Leymann –Que es el responsable de la descripción de mobbing-, y que ayuda a identificar las actitudes y conductas propias del hostigamiento laboral. Este a su vez, para que forme parte de esta serie de elementos “diagnósticos”, debe de ser percibido como un ataque por parte del trabajador, debe de darse un alto grado de intensidad y ocurrir necesariamente en el entorno laboral.

Debe de existir un fin instrumental. Los fines pueden ser de muy diversa índole. Los más habituales en este tipo de acoso laboral asimétrico, son:  Que el trabajador abandone la empresa y así se vaya a coste cero, que el empleado sea penalizado por no seguir los valores o intereses organizacionales, y en el último de los casos, que el trabajador no presente reclamaciones o denuncias contra la entidad.

El fenómeno de acoso debe de presentarse a lo largo del tiempo y de forma reiterada.

Debe de haber una intencionalidad de dañar al trabajador.

El acoso laboral, no deriva de una única consecuencia donde la reiteración de esta violencia laboral conlleva a la marcha “voluntaria” por parte del trabajador, sino que este, además, suele presentar toda una sintomatología. Entre las más habituales destacan: la ansiedad, el síndrome de burn out, la depresión, ideación suicida, alteraciones psicosomáticas, distress y baja autoestima. Aunque en el peor de los casos, puede derivar al suicidio. Ejemplo de ello, estaría la sentencia de France Telecom.

Este tipo de acoso laboral, no sólo es muy grave porque atenta de forma directa contra la Prevención de Riesgos Laborales, donde la empresa tiene la obligación de velar por la seguridad y salud del trabajador, sino que, como se ha visto antes, las consecuencias para el empleado pueden llegar a ser nefastas, tanto para su ámbito profesional como personal.

Por lo tanto, es de vital importancia, recabar toda la información necesaria a través de las sentencias para ejemplificar perfectamente esta problemática laboral, y poder dar así una solución legal sobre ella. Los trabajadores deben de denunciar este tipo de abusos para que se protejan sus derechos laborales. A su vez, las empresas deben de perseguir este tipo de conductas y erradicarlas, ya que el perjuicio contra sus trabajadores es muy grave, y, en el peor de los casos, las sentencias por mobbing pueden dañar gravemente la reputación de las organizaciones donde se da el delito.

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